Lineamientos para la presentación de carta de renuncia para el disfrute de la pensión de vejez

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El Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional con el ánimo de garantizar los derechos laborales de quienes hacen parte de la Administración Distrital, ha establecido los lineamientos para los empleados públicos que desean renunciar con el propósito de acceder a la pensión de vejez. Según lo establecido en el Decreto 2245 de 2012 y el Decreto 648 de 2017, los servidores públicos deben seguir un procedimiento específico para asegurar la continuidad en el pago de sus prestaciones al momento del retiro.

El artículo 3 del Decreto 2245 de 2012 enfatiza la importancia de notificar con al menos tres meses de antelación a la entidad pensional correspondiente sobre la fecha a partir de la cual se efectuará la desvinculación laboral. Este proceso debe acompañarse de una copia del acto administrativo de retiro,  o tratándose de los trabajadores del sector privado, comunicación suscrita por el empleador en la que se indique tal circunstancia. La fecha en todo caso será la del primer día del mes siguiente al tercero de antelación.

Por otro lado, el Decreto 648 de 2017 detalla que la renuncia presentada por el empleado público es irrevocable una vez aceptada por la autoridad competente. Además, establece que la fecha de efectividad de la renuncia no puede exceder los treinta días siguientes a su presentación formal.

Asimismo, el artículo 2.2.11.1.4 del mismo decreto regula el retiro por pensión, indicando que el empleado público que cumpla con los requisitos para obtener la pensión de retiro por jubilación, por edad o por invalidez, cesará en el ejercicio de sus funciones en concordancia con la Ley 100 de 1993 y normativas complementarias.

Con base en la normatividad expuesta, se informa a los servidores públicos que desean renunciar al cargo para optar por la pensión de vejez que deben presentar su carta de renuncia con un mínimo de cuatro meses de anticipación a la fecha de retiro. Este plazo garantiza que no se interrumpa el pago de sus prestaciones al pasar de la relación laboral activa a la condición de pensionado.

Estos lineamientos buscan proteger los derechos laborales de los servidores públicos adscritos a la Administración Distrital, asegurando un proceso claro y ordenado para la transición hacia la pensión de vejez.

Ver circular aquí. 

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