Hasta el 31 de julio hay plazo para realizar la Declaración de Bienes y Rentas

Servidores Públicos

 

Los directivos docentes, docentes y personal administrativo del orden territorial adscrito a la Secretaría de Educación Cali tienen plazo para el diligenciamiento y la presentación de la Declaración de Bienes y Rentas hasta el próximo 31 de julio de 2024.

Así lo anunció Lina María Paredes García, subsecretaria Administrativa y Financiera del organismo educativo local, quien recordó que “la Declaración de Bienes y Rentas es un mecanismo que controla el origen y destino de los ingresos de los servidores públicos, por lo cual es obligatorio que todos los empleados públicos y trabajadores oficiales vinculados al organismo, en las Instituciones Educativas Oficiales – IEO de Cali y el nivel central radiquen anualmente este documento ante la Secretaría de Educación”.

Una vez realizada la Declaración de Bienes y Rentas, a través del Sigep II, la misma debe ser impresa y entregada siguiendo las instrucciones y el cronograma publicado cada año. Este documento contiene información detallada de ingresos, cuentas bancarias, bienes patrimoniales, acreencias, obligaciones y participación en juntas, consejos directivos, corporaciones, sociedades o en cualquier organización o actividad privada de carácter económico o sin ánimo de lucro dentro o fuera del país y solo podrá ser utilizada para los fines y propósitos de la aplicación de las normas del servicio público.

De esta manera, todos los servidores públicos del país están obligados a presentar la Declaración de Bienes y Rentas de que trata el Decreto 1083 de 2015, modificado por el Artículo 1° del Decreto 648 de 2017, en tres momentos:

  • Al ingreso: se debe presentar en el momento que toma posesión de un cargo en una entidad pública y corresponde al periodo comprendido entre el 1 de enero a la fecha de toma de posesión del cargo.
  • De manera periódica: se debe presentar todos los años y corresponde a la información a declarar del año inmediatamente anterior frente al año en el cual la está presentando.
  • Al retiro: se debe presentar en el momento que termina el periodo de su cargo o es desvinculado del cargo en la entidad pública a la cual perteneció. Esta corresponde al periodo comprendido entre el 1 de enero a la fecha de desvinculación del cargo del año de retiro.

Comunicaciones
Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana

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