La Ley 2232 de 2022, conocida como la “ley de plásticos de un solo uso”, marcó un hito en Colombia con su entrada en vigencia el 7 de julio de 2024. Evaluar su efectividad en tan solo un año implica monitorear diversos aspectos y desafíos iniciales.
Reducción visible en ciertos productos: la ley prohibió inicialmente la producción, distribución y comercialización de ocho tipos de plásticos de un solo uso, que incluyen:
- Bolsas plásticas de punto de pago (excepto reutilizables o de uso industrial, o para alimentos crudos de origen animal).
- Bolsas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas.
- Bolsas para empacar ropa lavada en lavanderías.
- Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales (excepto para productos de origen animal crudos).
- Pitillos para beber líquidos
- Mezcladores de plástico para revolver bebidas
- Soportes plásticos para bombas de inflar.
- Soportes plásticos para copitos de algodón
☑Muchos ciudadanos ahora traen sus propias bolsas reutilizables.
La ley ha contribuido a aumentar la conciencia pública sobre la problemática de la contaminación por plásticos. Las campañas de sensibilización previas a la entrada en vigor y durante el primer año han educado a la ciudadanía sobre los impactos negativos de estos materiales.
Ha incentivado a la industria a buscar y desarrollar alternativas más sostenibles, como productos hechos de bioplásticos, materiales compostables, y opciones reutilizables. También ha impulsado el sector del reciclaje y la economía circular.
Es crucial recordar que la prohibición es gradual. Hay un plan a ocho años para la eliminación de otros productos. Los productos restantes (como envases o empaques para líquidos no preenvasados, platos, bandejas, cubiertos, vasos, guantes para comer, confeti, manteles y serpentinas) serán prohibidos completamente en 2030.
La próxima fase de prohibición se expandirá a partir del 1 de enero de 2026. Esto significa que la efectividad total no se verá hasta que todas las fases entren en vigor.
Aunque algunas industrias han comenzado a adaptarse, el proceso de reconversión industrial para todos los sectores es complejo y toma tiempo. Se requieren inversiones en nuevas tecnologías y cadenas de suministro de materiales alternativos.
La efectividad a largo plazo dependerá de una fiscalización rigurosa y la aplicación de las sanciones estipuladas (multas entre 100 y 50,000 SMLMV, decomiso, clausura temporal o definitiva de establecimientos) a quienes incumplan la ley. La vigilancia constante es clave.
Aunque hay avances, el reto es consolidar una cultura de reutilización y rechazo generalizado de plásticos innecesarios. Las excepciones de la ley (productos con propósitos médicos, químicos, canasta familiar, etc.) también deben ser claras para evitar malentendidos. 👉Ver nota web sobre ciudades circulares
🌎 Si bien la ley prohíbe ciertos tipos de plásticos, la verdad es que la producción global de plástico sigue aumentando año tras año, lo que indica que se necesita un esfuerzo integral que vaya más allá de las prohibiciones de un solo uso. La promoción de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP) y la economía circular son fundamentales.♻
En su primer año, la ley ha mostrado señales positivas en la reducción de algunos productos específicos y en la sensibilización. Sin embargo, la efectividad total y a largo plazo dependerá de la continuidad en la implementación de sus fases, la capacidad de la industria para adaptarse y una fiscalización robusta, complementada con un cambio profundo en los hábitos de consumo de los ciudadanos.
En la Alcaldía de Santiago de Cali se despliega el Programa Empezando por Casa, el cual promueve la cultura de la separación en la fuente de los residuos sólidos, entre servidores públicos, prestadores de servicios y visitantes del complejo CAM, para favorecer la cadena de reciclaje, en tal sentido, se despliegan campañas internas para despertar la conciencia ambiental.