Desde el Departamento Administrativo de Hacienda de Cali, se dan a conocer las fechas de cierre de radicación de trámites ante la Oficina de la Contaduría General de Santiago de Cali, durante la vigencia 2025.
De igual forma, en la circular adjunta, se dan recomendaciones a los organismos y dependencias de la Administración Central del Distrito, tales como:
1. Prever los tiempos internos requeridos en cada Organismo o Dependencias para el procesamiento, revisión, aprobación y cargue de documentos en las transacciones del sistema de Gestión Administrativo y Financiero Territorial SGAFP-SAP (ME23N y FMZ3); documentos que deberán estar disponibles para la contabilización de las cuentas por pagar a proveedores de bienes y servicios.
2. Tener presente las fechas límite de radicación, para los trámites establecidos en la presente circular.
3. Prever los tiempos establecidos por la Oficina de la Contaduría General de Santiago de Cali y la Subdirección de Tesorería, para la contabilización de las cuentas por pagar y la dispersión del pago respectivo.
4. Atender el principio de devengo y causación establecidos en el marco conceptual del marco normativo para entidades de Gobierno emitido por la Contaduría General de la Nación.
5. Tener presente que de conformidad con el parágrafo único del artículo 388 del Estatuto Tributario, para la aplicación de la retención en la fuente a las personas naturales cuyos pagos o abonos en cuenta no provengan de una relación laboral, legal y reglamentaria, se deberá tener en cuenta la totalidad de los pagos o abonos en cuentas efectuados en el respectivo mes, es decir, si en un mes se tramita para contabilización más de una cuota, el valor de la retención en la fuente establecida en el artículo 383 del Estatuto Tributario, se calculará sobre la base resultante de la
sumatoria de lo causado en el respectivo mes.