De acuerdo con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana, se solicita a todos los Organismos de la Administración Distrital establecer un sistema de turnos que garantice la atención al ciudadano en orden de llegada, de acuerdo con las necesidades del servicio y las nuevas tecnologías.
En la circular N. 4173.010.22.2.1020.000152 del 21 de febrero de 2024, se establece además que se debe dar cumplimiento al principio de atención preferencial a ciudadanos en casos particulares como, adultos mayores, mujeres embarazadas, niños, niñas y adolescentes, población en situación de vulnerabilidad, grupos étnicos minoritarios, personas en condición de discapacidad y personas de talla baja.
Es de recordar que, el sistemas de turnos podrá ser manual o electrónico, concebido como una herramienta que garantiza una atención ordenada para la recepción de peticiones, quejas, denuncias o reclamos. Asimismo, el presente se establece dando cumplimiento a la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo, Artículo No. 7.
Ver circular adjunta.
Circular sistema de turnos 2024