Fue recuperado espacio público en estación Universidades del MIO

Recuperado espacio público

 

En un esfuerzo por preservar el orden y la seguridad en las estaciones del Sistema de Transporte Masivo, MIO, la Alcaldía de Santiago de Cali acudió a la Estación Universidades, en el sur de la ciudad, para retirar elementos que con frecuencia dejan abandonados en el sitio y que hacen parte del mobiliario utilizado por personas que se dedican a las ventas informales al interior y en los alrededores de la estación.

Este operativo de recuperación de espacio público se hace en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 411.0.20.0516 de 2016, artículo 115, numeral 6: “realizar el control, protección y recuperación del espacio público”. En el mismo se retiraron objetos como sillas, mesas, parasoles, vitrinas y estanterías, entre otros elementos.

“Este operativo no es contra las ventas informales, se hace para recuperar el espacio público. Los vendedores informales deben cumplir ciertos requisitos establecidos en el Acuerdo 0424, para ejercer su actividad en la calle. Además, los encontramos en precarias condiciones de salubridad”, explicó Javier Garcés, subsecretario de Inspección, Vigilancia y Control de Cali.

A pesar del trabajo de socialización previo y notificaciones por parte del grupo operativo de IVC, para informar a las personas la ocupación indebida de espacio público que ejercen en la zona, los vendedores fueron reiterativos en dejar su mobiliario en la estación cuando finalizan su actividad y se retiran del lugar.

Cabe resaltar que durante el mes de febrero de 2024, se identificaron 95 ventas al interior de las estaciones del MIO, entre la Terminal Paso del Comercio y la Estación Universidades. Sin embargo, después de realizar visitas previas para informar la ocupación indebida del espacio público, los puestos informales sobre este corredor se redujeron a 36.

“Este procedimiento hace parte de la estrategia de seguridad integral del MIO, que se viene implementado desde inicio de año y que incluye recuperar el espacio público de las zonas por donde se movilizan los usuarios del sistema”, sostuvo Garcés, quien además invitó a los vendedores ambulantes a cumplir con las normas establecidas para ejercer su actividad.

La Ley 1801 de 2016 – Código Nacional de Seguridad y Convivencia, en el artículo 140, indica cuáles son los comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público. El numeral 4 especifica que uno de estos comportamientos es ocupar el espacio público en violación de las normas vigentes.

En el mismo artículo, el parágrafo 3° establece que “cuando el comportamiento de ocupación indebida del espacio público a que se refiere el numeral 4 del presente artículo, se realice dos (2) veces o más, se impondrá, además de la medida correctiva prevista en el parágrafo anterior (multa general tipo 1), el decomiso o la destrucción del bien con que se incurra en tal ocupación”.

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