Servidores públicos pueden interponer recursos frente a su Evaluación del Desempeño

Evaluación-del-desempaño-laboral---Banner-intranet

La Subdirección de Gestión Estratégica del Talento Humano, a través del Subproceso de Administración de los Sistemas de Evaluación del Desempeño Laboral, recuerda a los servidores públicos que, conforme a lo establecido en el artículo 35 del Decreto Ley 760 de 2005, los evaluados cuentan con la posibilidad de interponer recursos frente al resultado de su evaluación.

El servidor evaluado podrá presentar:

Recurso de reposición, ante el evaluador o la Comisión Evaluadora, si es del caso.
Recurso de apelación, ante el inmediato superior del evaluador.

Estos recursos podrán interponerse cuando el evaluado considere que existen fundamentos para alcanzar un porcentaje mayor en su calificación, incluso sobresaliente, siempre que presente las evidencias que soporten el cumplimiento de los compromisos y que dichas evidencias hayan sido entregadas oportunamente dentro del período evaluado.

🗓 Plazo para presentar los recursos

Los recursos deberán presentarse personalmente ante el evaluador, por escrito y debidamente sustentados

En el momento de la notificación personal, o
Dentro de los cinco (5) días siguientes a esta.

El trámite y la decisión de los recursos se regirán por lo dispuesto en el Código Contencioso Administrativo.

La interposición de estos recursos constituye un mecanismo fundamental que permite al servidor público exponer los argumentos que considere necesarios para solicitar la modificación, revocatoria o aclaración del resultado de su evaluación, garantizando así el derecho al debido proceso y la transparencia en la gestión del desempeño laboral.

Para mayor información, los interesados pueden comunicarse con la Subdirección de Gestión Estratégica del Talento Humano.

N/A
Visitas en esta post

Comparte en tus redes

Deja un comentario

Ir al contenido