La Subdirección de Tesorería del Departamento Administrativo de Hacienda informó a los servidores públicos, pensionados y prestadores de bienes y servicios del Distrito, los lineamientos vigentes para la atención de consultas relacionadas con la aplicación y el levantamiento de medidas cautelares de embargo, conforme a las circulares expedidas entre los años 2020 y 2024. ✅
Con el propósito de garantizar una atención ordenada y oportuna, la dependencia estableció fechas, horarios y canales específicos para la atención presencial y la radicación de solicitudes.
🏢 Atención presencial
Las consultas se atenderán en la Subdirección de Tesorería, ubicada en el piso 1 de la Torre de Cali (Calle 19 Norte No. 2N – 29), en los siguientes términos:
Días: lunes a viernes del 1 al 15 de cada mes
Horarios: 8:30 a. m. a 11:00 a. m. – 2:30 p. m. a 4:00 p. m.
📨 Radicación de solicitudes
Las solicitudes relacionadas con embargos y levantamiento de embargos deberán radicarse exclusivamente a través de los canales oficiales del Distrito:
Correo institucional: notifica_contactenos@cali.gov.co
Portal web de la Alcaldía de Santiago de Cali: enlace de Peticiones, Quejas y Reclamos (PQR)
Atención presencial en la Oficina Principal de Atención al Ciudadano, ubicada en el CAM – Sótano 1 (Avenida 2 Norte No. 10–70). En todos los casos, deberá adjuntarse el oficio o auto de la medida cautelar emitido por la autoridad competente.
📄 Documentación adicional
Cuando los depósitos judiciales deban realizarse directamente al beneficiario de la medida cautelar, se deberá aportar la siguiente documentación:
✔ Copia de la cédula de ciudadanía (persona natural)
✔ Certificado de Cámara de Comercio actualizado (persona jurídica)
✔ Certificación bancaria vigente y activa
✔ RUT expedido por la DIAN, con fecha de impresión actualizada, donde se identifique la responsabilidad frente al IVA
⏳ Plazos de radicación
La Subdirección de Tesorería precisó que, para personal activo y pensionado, la radicación de documentos será hasta el día 15 de cada mes, de acuerdo con la ventana de registro de novedades en el SGAFT–SAP, para prestadores de bienes y servicios, la documentación podrá presentarse durante todo el mes.
Con esta medida, la Administración Distrital busca facilitar el acceso a la información, optimizar los tiempos de atención y garantizar el adecuado trámite de las solicitudes relacionadas con embargos. Para más información ver circular adjunta. 👇
Juan José Barrios
Subproceso de Comunicación Organizacional