La Alcaldía Distrital de Santiago de Cali informa a los servidores públicos de la Administración Central Distrital que, mediante resolución expedida por el Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional, se adoptó un horario especial de compensación laboral con motivo de la Semana Santa del año 2026, en cumplimiento de la normatividad vigente y garantizando la continuidad en la prestación del servicio público.
📅 Días no laborales
Se declaran como días no laborales para los servidores públicos:
- Lunes 30 de marzo de 2026
- Martes 31 de marzo de 2026
- Miércoles 1 de abril de 2026
Estos días corresponden a la Semana Santa, periodo de recogimiento y alta actividad turística y religiosa en la ciudad.
⏰ Compensación del tiempo laboral
El tiempo correspondiente a los días no laborales (26 horas y media) será compensado mediante la ampliación de la jornada laboral en los días hábiles comprendidos entre el 19 de enero y el 27 de marzo de 2026, de acuerdo con la programación que establezca cada organismo de la Administración Central Distrital, sin afectar la prestación del servicio a la ciudadanía.

⚠️ Servidores exceptuados
Esta medida no aplica para los servidores públicos que cuenten con horario flexible ni para quienes desempeñen sus funciones bajo el sistema de turnos, tales como agentes de tránsito, inspectores de policía, comisarías de familia, corregidores, personal de salud, gestión del riesgo, medio ambiente, entre otros.
Asimismo, quedan exceptuados los trabajadores oficiales de la Secretaría de Infraestructura, la Secretaría de Turismo y los equipos de comunicaciones de los organismos distritales, debido a la naturaleza de sus funciones y a las necesidades del servicio durante la Semana Santa. Cada jefe de organismo definirá las excepciones correspondientes conforme a los procesos internos y requerimientos operativos.
Los servidores públicos del nivel directivo deberán permanecer disponibles durante la Semana Santa para atender cualquier requerimiento institucional y garantizar la continuidad del servicio público.
Se invita a todos los servidores públicos a consultar la resolución adjunta, donde se encuentran los fundamentos legales, el detalle del horario de compensación y las disposiciones completas aplicables. 👇