La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado invita a la sesión: “La causalidad en la responsabilidad patrimonial del Estado”, a cargo de William Hernández Gómez, exmagistrado del Consejo de Estado.
📅 Fecha: martes 5 de agosto de 2025
🕒 Hora: 2:00 p.m. a 4:00 p.m.
🔗 Enlace de conexión: https://www.youtube.com/live/gTxCAKGTF-c?si=r6s1nCNzj8vtDUGV
⚖En el marco de la responsabilidad patrimonial del Estado en Colombia, la causalidad es un elemento esencial para que el Estado deba reparar un daño.
📌No basta con que exista un daño y que una entidad estatal haya actuado; es indispensable que se demuestre un vínculo directo y determinante entre la acción u omisión de la entidad y el daño sufrido por el ciudadano.
¿Qué es la Causalidad?
☑La causalidad es la relación de causa y efecto que debe existir entre la conducta del Estado (ya sea por acción o por omisión) y el daño antijurídico que se alega. En términos sencillos, es el eslabón que conecta la actuación administrativa con el perjuicio de la víctima.
Si se rompe este vínculo causal, no hay responsabilidad del Estado, incluso si hubo un daño. La jurisprudencia del Consejo de Estado ha sido muy clara en establecer que la responsabilidad patrimonial solo se configura si el daño es imputable al Estado, y esa imputabilidad tiene un componente de causalidad.