La Subdirección de Gestión Estratégica del Talento Humano, a través del Subproceso de Administración de los Sistemas de Evaluación del Desempeño Laboral, recuerda a los servidores públicos, que hasta el jueves 31 de julio hay plazo para subir las evidencias en el aplicativo EDL.
La primera evaluación parcial semestral corresponde al periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de julio de cada año.
Cada organismo cuenta con facilitadores para la evaluación del desempeño laboral, quienes se reunieron recientemente para resolver las inquietudes, con la líder del Subproceso, Ángela María Herrera Calero y el equipo de trabajo, del Subproceso de Administración de los Sistemas de Evaluación del Desempeño Laboral
🚨Cronograma establecido en la Resolución No. 4137.010.21.0.161 del 06 de febrero de 2019 en el numeral 3 del artículo primero:
No. | Actividad | Plazo |
3 | ☑Primera Evaluación Parcial Semestral correspondiente al periodo comprendido entre el 01 de Febrero al 31 de Julio de cada año, calificación que deberá producirse dentro de los 15 días hábiles siguientes del vencimiento de dicho periodo. | ☑Primeros 15 días hábiles del mes de Agosto de cada año. (01 al 25 de agosto de 2025) |
4 | ☑Reporte a la Subdirección de Gestión Estratégica del Talento Humano, del resultado de la Primera Evaluación Parcial Semestral | ☑A más tardar el 30 de septiembre de 2025 |
Según lo establece el artículo 33 del Decreto 760 de 2005, los responsables de evaluar a los empleados de carrera y en periodo de prueba deberán hacerlo dentro de los plazos establecidos. 🔍Ver circular adjunta.
Para el evaluador:
💡La calificación se deberá realizar durante los primeros 15 días hábiles de agosto, (25 de agosto como fecha límite).
Las directrices de la Comisión Nacional del Servicio Civil señalan que NO se debe generar en el aplicativo EDL la opción de evaluación definitiva primera semestral.
📢Tampoco es necesario enviar los formatos de las evaluaciones parciales eventuales ni semestrales al Subproceso de Administración de los Sistemas de Evaluación del Desempeño Laboral, por cuanto estos deberán ser remitidos junto a la segunda evaluación semestral y la definitiva anual u ordinaria.
Para tener en cuenta:
El directivo de cada organismo debe remitir al Subproceso de Administración de los Sistemas de Evaluación del Desempeño Laboral un informe consolidado de las evaluaciones realizadas a los servidores públicos de carrera administrativa y/o de libre nombramiento y remoción, diferente a gerentes públicos, realizadas en el primer semestre de evaluación, discriminando el porcentaje obtenido por compromisos funcionales, compromisos comportamentales y el total obtenido, a más tardar el 30 de septiembre de 2025.
Política de Operación:
Con el fin de evitar el riesgo de falsedad en estos documentos y como una Política de Operación del proceso de Gestión y Desarrollo Humano, los directivos de cada organismo serán los únicos responsables de enviar a la Subdirección de Gestión Estratégica del Talento Humano, la concertación de compromisos y las evaluaciones de los servidores públicos de carrera administrativa.
Ver circular: 📌 Responsabilidad de evaluar en el plazo establecido