¡Atención con el reporte de incapacidades médicas!

Incapacidades

Desde la Secretaría de Gobierno, se le recuerda a  todos los funcionarios que es obligatorio reportar las incapacidades médicas en los tiempos establecidos según la Circular No. 202441370400003364 del 11 de enero de 2024.

📌 ¿Qué debes hacer?

1️⃣ Una vez la IPS emita el certificado, tienes 2 días para entregarlo a tu jefe inmediato.

2️⃣ El organismo tiene 5 días calendario para remitirlo a la Subdirección de Gestión Estratégica de Talento Humano (de forma física o virtual).

💰 ¿Quién paga la incapacidad?

  • 🗓️ Días 1 y 2:El empleador
  • 🗓️ Días 3 a 90:La EPS (66.6%)
  • 🗓️ Días 91 a 180:La EPS (50%)
  • 🗓️ Día 541 en adelante:EPS o ARL

⚠️ No cumplir con este proceso puede generar recobros económicos, sanciones administrativas, disciplinarias e incluso jurídicas.

💼 ¡Evita complicaciones y cumple con el proceso a tiempo!

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