Se recuerda a los organismos de la Alcaldia de Cali lo establecido en el numeral 10 del artículo 11 del Decreto 599 de 2018, el Consejo Superior de Desarrollo Administrativo tiene la función de asesorar a la alta dirección en materia archivística y de gestión documental, de conformidad con lo establecido en la Ley 594 de 2000. En este sentido, el Consejo Superior autorizó a los Directores de Departamento, Secretarios de Despacho y Directores Técnicos, el alquiler de espacios especializados para la custodia de dichos archivos. Esta decisión fue socializada a los organismos a través de la circular No. 4137.030.22.2.1020.000339 de radicado 202341370300003394 el 12 de abril de 2023.
De la misma manera, se recuerda que la Unidad Administrativa Especial de Bienes y Servicios en cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 92 del Decreto extraordinario 0516 de 2016, es el organismo encargado de los bienes del municipio, donde puede realizar la solicitud de espacios para depósitos de archivo, ya que la Subdirección de Trámites, Servicios y Gestión Documental no cuenta con esta competencia.
De conformidad con lo expuesto, se recuerda que le corresponde al nivel directivo de cada organismo velar por la conservación, preservación y custodia del acervo documental a través en los depósitos de archivo a cargo, con miras de dar cumplimiento al Sistema Integrado de Conservación.
Entre todos logramos conservar la memoria institucional de la Alcaldía de Santiago de Cali.
📃Ver circular aquí: Circular 339 – Responsabilidad en la conservación, preservación y custodia del acervo documental en sus organismos.