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¿Sabes cómo presentar la carta de renuncia para el disfrute de pensión de vejez?

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🤓 Garantizar los derechos labores de quienes hacen parte de la Alcaldía de Cali es una prioridad para la Entidad, en este sentido el Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional entre los procesos que adelanta, establece los lineamientos respecto a los términos de desvinculación por parte de funcionarios públicos adscritos a la Administración 🙋quienes deseen presentar su retiro del servicio producido por renuncia para el disfrute de pensión de vejez.

📃Decreto 2245 del 2012, articulo 3.  📌¿Qué procedimiento se debe seguir?

Trámite en el caso de Retiro con Justa Causa:

✅ El empleador deberá informar por escrito a la administradora o a la Entidad que efectuó el reconocimiento de pensión.

✅ Mínimo cuatro (4) meses antes notificar la fecha en la cual se efectuará la desvinculación laboral

✅ Presentar copia del Acto Administrativo de retiro

✅ La fecha en todo caso será la del primer día del mes siguiente al tercero de antelación

 

📃Decreto 648 del 2017, por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015

Artículo 2.2.11.1.1: Causales de retiro del servicio estable:

“El retiro del servicio implica la cesación en el ejercicio de funciones públicas y se produce por: (Renuncia regularmente aceptada). Presentada su renuncia, su aceptación por la autoridad competente se producirá por escrito, y en el acto administrativo correspondiente deberá determinarse la fecha en que se hará efectiva, que no podrá ser posterior a (30) días de su presentación”.

Artículo 2.2.11.1.4: Retiro por pensión:

“El empleado que reúna los requisitos determinados para gozar de pensión de retiro por jubilación, por edad o por invalidez , cesará en el ejercicio de funciones en las condiciones y términos establecidos  en la Ley 100 de 1993, ⚖ y demás normas que la modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten”.

Transcurridos treinta (30) días después de que el trabajador o servidor público cumpla con los requisitos establecidos en este artículo para tener derecho a la pensión, si esté no la solicita el empleador podrá solicitar el reconocimiento de la misma en nombre de aquel. 

Consulte los Decretos en detalle y la circular adjunta. 📲  Ver aquí 👇

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