La Alcaldía de Santiago de Cali es una de las entidades que hace parte del concurso de méritos “Territorial 10” adelantado por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Teniendo en cuenta que los servidores públicos en provisionalidad tienen estabilidad laboral relativa, y que ante la ocurrencia de algunas situaciones se refuerza y genera acciones afirmativas, consistentes en ser los últimos en ser desvinculados a fin de garantizar sus derechos fundamentales, se expidió la circular 1014 del 16 de agosto de 2024.
El documento detalla los procedimientos y definiciones para la acreditación de condiciones especiales para servidores públicos en provisionalidad de la planta de empleos de la Alcaldía de Santiago de Cali.
- Enfermedad catastrófica: Incluye enfermedades complejas y costosas, como cáncer y tratamientos quirúrgicos. Se requiere la historia clínica y certificados de tratamiento para su acreditación.
- Discapacidad: Se refiere a limitaciones físicas, mentales, visuales o auditivas. Para acreditarla, se necesita un certificado de discapacidad o un dictamen de calificación de invalidez.
- Madre o padre cabeza de familia: Se refiere a padres o madres solteros o casados con hijos menores o personas incapaces a su cargo. Se requiere
- una declaración juramentada y registros civiles de los hijos.
- Pre-pensionado(a): Se refiere a servidores que están a tres años o menos de cumplir los requisitos para pensionarse, con documentación que certifique la edad y semanas cotizadas.
- Fuero sindical: Protege a ciertos trabajadores en su actividad sindical, garantizando estabilidad laboral.
Los servidores nombrados en provisionalidad que se encuentren en alguna o varias de estas condiciones deben presentar la documentación correspondiente a través del formulario en línea https://forms.gle/jAaWVLyAwBoBzUCa7 antes del 15 de septiembre de 2024.
Circular No. 5101 – Instrucciones frente a la aplicación de la estabilidad laboral.