El Decreto 0699 del 5 de agosto de 2024 reglamentó la administración del espacio público y los bienes fiscales en el Distrito de Santiago de Cali. El acto administrativo que fue sometido a la participación ciudadana, define los organismos encargados, de acuerdo con la misión y las funciones de cada uno, de la siguiente manera:
- La Secretaría de Cultura tendrá a cargo la administración y mantenimiento de los museos, teatros, centros culturales, bibliotecas públicas, fuentes ornamentales, estatuas o monumentos, parque artesanal Loma de la Cruz e inmuebles destinados a la prestación de servicios culturales.
- La Secretaria de Educación se encargará de la administración y mantenimiento de los inmuebles destinados a la prestación de servicios educativos y demás inmuebles propios a sus funciones misionales.
- La Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana tendrá a cargo la administración de las sedes comunales de las JAL y las JAC, salones y casetas comunales y Centros de Administración Local Integrada, C.A.L.I.
- La Secretaría de Bienestar Social tendrá a cargo las casas de poblaciones, casas de juventud, tertuliaderos, centros de desarrollo integral para la primera infancia, CDI, comedores comunitarios, Casa Matria, centro regional de atención a víctimas y demás inmuebles donde se desarrollen sus funciones y actividades misionales.
- El Dagma tendrá a cargo los predios localizados en zonas de protección, ecoparques, franjas de protección de los ríos, vivero municipal, cinturones ecológicos e inmuebles destinados a la protección ambiental.
- La Unidad Administrativa Especial de Protección Animal tendrá a cargo el Centro de Protección Animal, CBA.
- La Secretaría de Seguridad y Justicia tendrá a cargo la administración y mantenimiento de los inmuebles destinados a la prestación de servicios de seguridad y justicia y demás inmuebles propios a sus funciones misionales.
- La Secretaría de Salud Pública tendrá a cargo las Unidades Ejecutoras de Saneamiento, Centro de Zoonosis y demás inmuebles que se encuentren bajo su cargo.
- La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos tendrá a cargo los puntos limpios de residuos de demolición y construcción RCD, plantas de aprovechamiento de residuos de construcción y demolición, estaciones de transferencia de residuos de construcción y demolición, planta de tratamiento de lixiviados y demás inmuebles a su cargo.
- La Secretaría de Infraestructura tendrá a cargo la administración y mantenimiento de las vías públicas, separadores viales, puentes, andenes, ciclo infraestructura, e demás inmuebles destinados a sus funciones misionales.
- La Secretaría de Desarrollo Económico tendrá a cargo los Centros de desarrollo empresarial, centro de ciencia, arte y tecnología. De Igual forma deberá reglamentar los esquemas de administración de plazas de mercado.
- La Secretaría de Movilidad tendrá a cargo los inmuebles destinados a servicios de movilidad, en sus diferentes escalas.
- La Secretaría de Paz y Cultura Ciudadana tendrá a cargo la administración y mantenimiento de las casas de la memoria del conflicto y la reconciliación y demás inmuebles donde se desarrollen sus funciones.
- La Secretaría de Vivienda Social y Hábitat se encargará de los inmuebles destinados a la ejecución de programas de vivienda de interés social, prioritario, hábitat y gestión del suelo, así como de los predios que tienen carácter de baldíos y ejidales.
- El Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones DATIC tendrá a su cargo los centros tecnológicos y puntos de apropiación digital LID/PAD, Datacenter, nodos de REMI, zonas wifi, equipamientos tecnológicos y la infraestructura tecnológica del Distrito.
La Unidad Administrativa Especial de Bienes y Servicios se encargará de realizar anualmente, durante el primer semestre de cada vigencia, la actualización de las categorías de bienes inmuebles del Distrito e incluirá los nuevos equipamientos que se ejecuten, una vez se encuentren registrados por esta unidad, y se encargará de realizar el mantenimiento de los bienes inmuebles que no están dados en administración a otro organismo.
Para mayor información, ver Decreto 0699 de 2024_compressed