Consulta y levantamiento de embargos de servidores públicos y prestadores de bienes y servicios

Seguimiento informe Servicio al Ciudadano

La Subdirección de Tesorería Municipal, informa a través de la circular No. 4131.030.22.2.1020.002142, los horarios para brindar atención a los servidores públicos pensionados y prestadores de bienes y servicios del Distrito en relación con las medidas cautelares ordenadas por los juzgados y/o Entes Coactivos.

Fechas: del 1 al 15 de cada mes

Días de atención: lunes a viernes

Lugar de atención: Subdirección de Tesorería en el Edificio Cali

Horario de atención: 8:30 a.m. a 11:30 a.m. / 2:30 p.m. a 4.30 p.m.

Para el proceso de radicación de oficios de embargo y levantamiento embargos, se podrá realizar en la Oficina de Atención al Usuario, en el Centro Administrativo Municipal, CAM, presentando la siguiente documentación:

  • Oficio o Auto de la medida cautelar ordenado por los juzgados y/o Entes Coactivos

En caso de realizar depósitos judiciales al beneficiario de la medida cautelar, presentar:

  • Copia de cédula de ciudadanía y Rut actualizado del demandante, cuando es Persona Natural
  • Copia de la Cámara de comercio actualizado y/o Rut actualizado del demandante, cuando es Persona Jurídica

El plazo máximo para radicar los documentos de los Servidores Públicos y Pensionados es hasta el 15 de cada mes, periodo disponible para ingresar novedades en el Sistema de Gestión Administrativa Financiera Territorial. En el caso de los Prestadores de Bienes y Servicios podrán radicar los documentos durante el transcurso del mes, para dar paso a los trámites correspondientes.

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