La Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana como responsable del proceso de Atención al Usuario, mediante circular remite a los diversos Organismos de la Administración Distrital los lineamientos generales del proceso de Atención al Usuario y demás disposiciones de servicio al ciudadano, teniendo claro que los lineamientos son de obligatorio cumplimiento por parte de las dependencias como de sus grupos colaboradores.
Los lineamientos establecidos en la circular No. 4173.010.22.2.1020.000089 del 8 de febrero de 2024, en la cual se describen 23 indicadores, deben ser aplicados de manera integral en los diferentes puntos de atención o puntos de radicación de comunicaciones en las ventanillas únicas.
Ver circular adjunta.
AM.