A cumplir el horario laboral

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Cumplir el horario de trabajo dice mucho de usted dentro de la entidad y es una de las obligaciones más importantes,  ya que la puntualidad define la responsabilidad de cada servidor público.

La Subdirección de Gestión Estratégica del Talento Humano, Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional,  reitera la obligación de cumplir estrictamente la jornada laboral establecida mediante Decreto 0045 del 27 de enero de 2006:

Lunes a Viernes 7:30 a.m. a 12:30 p.m. y de 1:30 p.m. a 5:30 p.m.

Es responsabilidad de los jefes de Apoyo a la Gestión, jefes inmediatos o evaluadores, realizar los controles necesarios para garantizar el cumplimiento de la jornada laboral de sus equipos de trabajo.

Igualmente, es necesario recordar que ausentarse del cumplimiento de la función, cargo o servicio sin justificación, ocasiona sanciones disciplinarias.

Ver aquí CIRCULAR No. 4137.040.22.2.1020.005528 (1)

CLA

 

 

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